gregory castellanosPor Lic. Gregory Castellanos Ruano

De forma continua  el país ha ido viendo cómo en diferentes localidades de él se van escenificando marchas contra la delincuencia convocadas por grandes cantidades de ciudadanos, unos afectados directamente, otros por solidaridad frente al espejo de lo acontecido a alguien conocido, «poniendo sus barbas en remojo« dichos co-participantes.  Se han producido en el Distrito Nacional, en la  Provincia Santo Domingo, y en todas  las provincias del país. Cada vez más y más nos parecemos a Argentina con esto de las protestas y marchas contra la delincuencia.

La última tuvo lugar en la ciudad de Moca el día dos (2)  de Junio del  dos mil quince (2015): se produjo una marcha de la población mocana contra la delincuencia; un vocero de dicha marcha dijo que en un mes se produjeron allí  treinta (30) homicidios y que no hay respuestas.

Al yo leer la noticia pude leer que muy erradamente éllos creen que la Policía Nacional tiene la panacea para solucionar ese problema. Por lo que necesariamente  hay que rasgar las tinieblas del error y poner en el centro de la escena  a  «El mensajero del miedo«, al causante real de que los delincuentes anden en las calles robando  y matando a través de su absolutizado Estatuto de Libertad y de la Impunidad que genera su conjunto de mecanismos destinados a propiciar la impunidad (por eso La Puerta Giratoria de delincuentes que entran y salen en libertad de inmediato): antes de morir el veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil cuatro (2004), para dar paso a la fecha de la entrada en vigor del Código Procesal Penal (CPP), NUNCA en todo el país se había producido una sola marcha  contra la delincuencia.  ¿Antes de esa fecha vio algún dominicano la realización de alguna `Marcha contra la delincuencia`? Esa forma de protesta y de reclamo es de fecha y factura post-entrada en vigor del Código Procesal Penal.

Ello es muy sintomático  y extremadamente revelador: de que el auge de la delincuencia  en la República  Dominicana  vino de la mano con la entrada en vigencia de dicho código. Bien señalaba el fenecido político dominicano Juan Bosch: «La verdad, por indefensa que parezca, es capaz de derrotar a todo un mundo de mentiras” y esto lo citamos porque para poder anestesiar a este pueblo respecto de dicho código se desplegó toda una campaña goebbeliana de mentiras repetidas incesantemente pretendiendo «glorificarlo« (¿?), tanto que todavía aparecen especímenes adoctrinados repitiendo dicho cúmulo de mentiras pretendiendo, en base a las mismas mentiras, tratar de «exculpar« (¿?) a dicho código de corte cuasi-abolicionista y, por ende, ultragarantista,  de la responsabilidad de todos esos robos con muertos, heridos y contusos: casi el ciento por ciento de dichos robos con muertos, heridos y contusos son cometidos por personas con precedentes que por no estar privados de su libertad vuelven a incurrir en la comisión de dichos crímenes y muchos de los hasta entonces no delincuentes que ven estos deleznables ejemplos se ven tentados a copiarlos y efectivamente los copian. No es la Policía Nacional la que devuelve a las calles a ésos delincuentes, sino el Código Procesal Penal (CPP) con sus disposiciones favorables a los delincuentes y desfavorables a los no delincuentes y a la sociedad.  

La delincuencia se ha tornado desde entonces en un fantasma recurrente que físicamente no es tal fantasma, sino algo que es pura realidad que puede ser directa e indirectamente apreciada a través de los efectos brutales que está  produciendo sobre el desenvolvimiento de la vida cotidiana en sus múltiples aspectos o facetas.   Todos esos robos  y crímenes conexos, de diferentes índoles,  son aspectos convulsionantes de nuestra sociedad, pues la tienen convulsionando, por  eso vemos como efectos  la realización de todas esas diferentes marchas, lo mismo que la formación de grupos de Autodefensas, así como también numerosos linchamientos  y autojusticias;  y es por todo ello que la sociedad debe organizarse  para exigir la derogación y substitución del Código Procesal Penal  (CPP).

La crispación en que vive la sociedad dominicana no existe en la imaginación de los dominicanos: existe en la realidad de los dominicanos.  La vida de todos los dominicanos se ha convertido en una vida turbulenta.  ¿Cuántas marchas serán necesarias  para incidir sobre el Presidente de la República, Lic. Danilo Medina Sánchez  -quien torpedeó con su veto presidencial una reforma apenas superficial que se le quiso hacer  al Código Procesal Penal-,  y sobre el Congreso Nacional  para  ponerle fin al `Reino del Terror` que se implantó en la República Dominicana con la importación y la implantación colonialistas del Código Procesal Penal (CPP)?

Los organizadores de las diferentes marchas que se han producido en el país no han sabido actuar poniéndose en contacto con sus homólogos de las diferentes provincias del país  y del Distrito Nacional para organizarse éllos  entre sí para, a su vez, poder  organizar marchas ,  es decir, no una marcha  y ya: no: reiteradas  y continuas marchas  frente al Palacio Nacional  por ser  la sede de la oficina del Presidente de la República, así como también  frente al Congreso Nacional.  Mientras no se produzcan esas necesarias reiteradas  y continuas marchas frente a dichos dos lugares seguirá la indiferencia glacial tanto del Presidente de la República como del Congreso Nacional frente a un fenómeno tan destructor que diariamente, sin cesar, se engulle vidas  humanas, integridades físicas, propiedades privadas (lo mismo que propiedades públicas), etcétera;  mientras  eso no ocurra seguiremos  viendo muertos, heridos  y contusos conexos a robos, etcétera; mientras eso no ocurra las marchas que se realicen aisladamente en cada punto del país seguirán cayendo en los oídos sordos tanto del Presidente de la República como de los legisladores del Congreso Nacional.

Repito: cada vez más y más nos parecemos a Argentina con esto de las protestas y marchas contra la delincuencia… A Argentina, precisamente el país donde comenzó el experimento de la clonación del Código Procesal Penal Tipo para Iberoamérica, del cual clonamos, a su vez, el vigente en la República Dominicana.