Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
La respuesta a la pregunta del título es: el fracaso claro del Código Procesal Penal (CPP), el cual es el problema fundamental que impide que desde el Estado pueda haber una respuesta judicial efectiva contra la delincuencia; y de consiguiente el fracaso del Ministerio Público y de los tribunales penales que funcionan aplicando dicho código.
No hay otra causa: esa es la causa real. El que no la ve es porque no quiere verla; el que no la ve es porque no desea reconocer que esa es dicha causa real; el que no la ve es porque le da su real gana de no verla. Si el Código Procesal Penal (CPP) fuera un código funcional, esto es, efectivo para luchar contra la delincuencia el Estado no tendría que enviar a los militares a las calles a reforzar a la Policía Nacional para combatir a la delincuencia: el Código Procesal Penal (CPP) es el problema.
Desde el Miércoles veintitrés (23) ó desde el Jueves veinticuatro (24) de Marzo del dos mil diecisiete (2017) una buena parte del Distrito Nacional y de la Provincia Santo Domingo amanecieron con una gran presencia de militares de las Fuerzas Armadas y de miembros de la Policía Nacional… Es la quinta ocasión bajo la `Era Danilo Medina` que éste vuelca una buena parte de militares y agentes de la Policía Nacional a las calles para estar en ellas de manera cuasi continua debido a la hegemonía que en ellas tiene la delincuencia desbordada por todo el país.
Del área del Ministerio Público, de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, específicamente de su titular, Yeni Berenice Reynoso, salió una voz confundida, extraviada y molesta (debido a su ideologización con `la equivocada Doctrina Procesal Penal cepepeísta` y que por ello prefiere sacarse los dos ojos antes que admitir lo que frente a élla la realidad dibuja y pinta con la negritud de la expoliación y con el rojo de la sangre), «criticando« (¿?) dicha medida de que desde el Estado se tire militares a las calles a tratar de contribuir a frenar la delincuencia que ha arropado a todo el país. ¿Porqué le molesta a dicha distinguida representante del Ministerio Público que desde el Estado se tenga que llegar al extremo de sacar a los militares a las calles para tratar de frenar a la delincuencia? La respuesta es muy sencilla: porque eso (el sacar a los militares a las calles para tratar de frenar a la delincuencia) es una expresión de un reconocimiento, una confesión clara de que el Código Procesal Penal (CPP) no funciona.
Dicho Código Procesal Penal (CPP) fue elaborado para anular «la fuerza bruta del poder frente al imputado o procesado«, y, paradójicamente, esta, en su forma más bruta, tiene que salir a las calles para salvarlo a él (al Código Procesal Penal (CPP)) y al mundo de ficción de aquéllos a quienes confunde y extravía.
La forma más bruta de expresión del poder tiene que ser tirada a las calles para salvar el honor de un código cuya raíz es de `corriente abolicionista` del Estado y del Derecho Penal. ¡Qué paradoja! Lo referido del control del poder por el Código Procesal Penal (CPP) es tocado por un artículo muy revelador (más que revelador: `desnudador` sería la palabra precisa), titulado «La dogmática del nuevo Código« (de nuevo dicho código ya hace mucho tiempo que nada tiene) de la autoría de un amigo fanático del Código Procesal Penal (CPP) que, entre otras cosas, exterioriza su «admiración« (¿?) por uno de los `Ideólogos Genocidas`-`Dioses Trágicos` del cepepeísmo como lo es Alberto Bínder; dicho artículo del amigo Ricardo Rojas León, de cuyas ideas obviamente difiero, fue publicado en fecha veintisiete (27) de Marzo del dos mil seis (2006) por el periódico El Caribe Digital y contiene todo lo siguiente:
«La dogmática del nuevo Código. El CPP es parte de la corriente abolicionista que postula la desaparición de la pena. Los abolicionistas sostienen que la finalidad del derecho penal es limitarse a sí mismo, hasta desaparecer. Por Ricardo Rojas León/El Caribe Lunes 27 de marzo del 2006 Mucha gente tiene la percepción de que el auge de la delincuencia se debe a la entrada en vigencia del Código Procesal Penal. Esa creencia se ha forjado por la creciente ocurrencia de robos, asaltos, secuestros y asesinatos. Y por la facilidad con que personas envueltas en esos hechos obtienen su libertad y vuelven a delinquir. Pienso que parte del problema es que se espera que el CPP sirva para luchar contra el crimen, lo cual es comprensible. Pero, con esto se le pide al Código algo para lo cual no ha sido concebido. El Código tiene como principal objetivo la tutela efectiva de los derechos fundamentales de los procesados frente a los tradicionales abusos del poder punitivo del Estado. El padre espiritual de la reforma procesal penal dominicana, el destacado jurista argentino Alberto Binder, sostiene que «al derecho penal sólo le compete estudiar, sistematizar y desarrollar los límites a la violencia legítima del Estado, que, por otra parte, sólo será legítima si respeta esos límites en una relación dialéctica en permanente evolución hacia la desaparición del Derecho Penal, que es una utopía que se debe mantener con firmeza y claridad«. Fue en una perspectiva minimalista del jus punendi que Franz von Liszt, uno de los precursores de la dogmática jurídico-penal, sostuvo que «el Derecho Penal es la Carta Magna del Delincuente«. Desde entonces se viene cultivando la idea de que, como resaltó Claus Roxin, el Derecho Penal protege no a la comunidad, sino al individuo que se rebela contra ella, garantizándole el derecho de «ser castigado bajo los presupuestos legales y únicamente dentro de los límites legales«. El Código Procesal Penal se ha adscrito a esa corriente que postula el debilitamiento de la función represiva del Estado, a través de lo que se denomina intervención penal mínima o de última ratio. Los hacedores de la política criminal del Estado dominicano, los operadores judiciales y las entidades que promueven la reforma judicial, están plenamente conscientes de la dogmática que alimenta al CPP. Y, además, la comparten. Creo que el CPP es un paso de avance en el proceso de tener una justicia más democrática, justa y rápida. Lo que a veces me pregunto es si todos los que lo apoyamos tendremos la madurez y capacidad necesaria para discutir una eventual revisión -que no implique un desmedro de los derechos de los imputados, pero sí una mayor protección a las víctimas- , sin que terminemos acusándonos mútuamente de ignorantes e incapaces de aplicarlo.«
Repito parte de la cita: «la facilidad con que personas envueltas en esos hechos obtienen su libertad y vuelven a delinquir. Pienso que parte del problema es que se espera que el CPP sirva para luchar contra el crimen, lo cual es comprensible. Pero, con esto se le pide al Código algo para lo cual no ha sido concebido. El Código tiene como principal objetivo la tutela efectiva de los derechos fundamentales de los procesados frente a los tradicionales abusos del poder punitivo del Estado.«
A confesión de parte, relevo de pruebas… Antes del Código Procesal Penal (CPP) no había este nivel de delincuencia que existe a partir del mismo haber sido puesto en vigencia el veintisiete (27) de Septiembre del dos mil cuatro (2004). Este nivel de delincuencia asfixiante de la sociedad dominicana existe a partir del veintisiete (27) de Septiembre del dos mil cuatro (2004), fecha de entrada en vigor del código de referencia de raíz abolicionista penal.
Antes del Código Procesal Penal (CPP) nunca hubo necesidad de tirar los militares a las calles a causa de la delincuencia. La súper gigantesca cantidad de la delincuencia originada por el incentivo delincuencial del Código Procesal Penal (CPP) es lo que causa que los militares sean enviados a patrullar las calles después del Código Procesal Penal (CPP).
Tirar militares y policías en grandes cantidades a las calles por causa de la delincuencia persigue presentar a la fuerza pública encarnada para usarla como una especie de artilugio crucificial con la aspiración de causarles a los delincuentes la misma expresión expelente de espanto que le causa ver el sagrado madero a la criatura de Abraham «Bram» Stoker.
Creyendo que ese espanto (con semejante granito de arena de todo un desierto inmenso) pueden lograrlo -y con carácter permanente- se hacen todos los ademanes o «amaracos« en ese sentido, pero, al final, la realidad vuelve y golpea rudamente: eso es como darle una aspirina para el dolor de cabeza a un enfermo de cáncer terminal: las noticias de robos, asaltos y sangre siguen igual, con la misma profusión, a tropel y al granel: los titulares de los periódicos dominicanos, que reflejan la realidad dominicana, parecen los titulares de los periódicos de `El Viejo Oeste`, verbigracia (al azar): «Diario Libre. Asalto| | 03 ABR 2017, 1:14 PM RAMÓN RODRÍGUEZ. Asaltan a Kentucky Fried Chicken de Bella Vista. Los asaltantes cargaron con RD$190,000. SANTO DOMINGO. Desconocidos asaltaron esta madrugada la sucursal del restaurante de comida rápida Kentucky Fried Chicken ubicado en la avenida Rómulo Betancourt, esquina Arturo Defilló, en el sector de Bella Vista, y cargaron con RD$190,000 en efectivo. Según informó el vocero de la Policía Nacional, general Nelson Rosario, el robo se produjo alrededor de las 2:00 a.m., cuando el personal de la franquicia contabilizaba el dinero de las ventas tras del cierre. Rosario dijo que las informaciones preliminares del caso indican que dos hombres con capuchas y armas en mano penetraron al lugar aprovechando que la puerta trasera se había quedado abierta en un alegado descuido. Reveló que un equipo de investigadores policiales hizo el levantamiento correspondiente en la escena la mañana de hoy y que amplía las indagatorias para dar con los responsables.« …
Retorno a la idea: esa pequeña aspirina para el dolor de cabeza suministrada a un paciente de cáncer terminal es tan sólo eso y se asemeja en su tamaño o dimensión a un granito de arena de todo un desierto inmenso: se está haciendo tarde para poder frenar realmente la vorágine delincuencial que se está tragando al país. Por ahora dejémoslo hasta ahí… El que quiera oir que oiga, el que quiera ver que vea, y el que tenga raciocinio para entender que entienda… Sabemos que los ideologizados por `el chufla procesalismo penal cepepeísta` no oyen, no ven ni quieren entender, pero eso no sólo es problema de éllos, pues el problema de la delincuencia es un problema de todos los ciudadanos dominicanos que están en contra de que sigan soplando los vientos huracanados de esa delincuencia estimulada y súper agigantada por el Código Procesal Penal (CPP). Por ello repito: el que quiera oir que oiga, el que quiera ver que vea, y el que tenga raciocinio para entender que entienda…