Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
«Más garantías que en los países nórdicos« es la expresión que condensa la motivación contenida en el ante-proyecto de ley enviado al Congreso Nacional por el Presidente de la República, Luis Abinader Corona, para introducirle algunas modificaciones al Código Procesal Penal.
La expresión es fiel reflejo de una captación de la instrumentalización que de las formas jurídicas ha hecho el Cuasi Abolicionismo Penal a través del instrumento normativo en cuestión.
Tocar dicho código ha sido un tema relegado porque hay intereses creados y también mentes confundidas porque han sido adoctrinadas para sólo `repetir y repetir como papagayos` expresiones de divinización de dicho instrumento normativo, que han logrado esa postergación.
Esos sectores interesados no quieren que les quebranten su «venerable« (¿?) rutina.
Lo único en común que tienen los sectores que tienen esos intereses creados y los inconscientes papagayos que con su coro les hacen el juego a los primeros es el beneficio de sus bolsillos.
Inmediatamente se dio a conocer la existencia de dicho ante-proyecto de ley una jauría salió con la cantaleta de que el Presidente de la República necesita «asesores« «que lo orienten«…
Dentro de la barahunda que dicha jauría ha pretendido crear han aparecido unos auto titulados –y otros titulados por encargos interesados– «expertos« (¿?) que se resisten al cambio legal necesario para las autoridades poder combatir efectivamente a la delincuencia que asfixia a la sociedad dominicana.
Aquí se reparten títulos de supuestos «expertos« (¿?) a verdaderas mediocridades encumbradas cuya mediocridad resalta por el sólo hecho de carecer de sentido y apreciación críticos.
¿Qué diablo les importa a esos «defensores« del Código Procesal Penal la ola de terror existente en este país tras la entrada en vigor de ese código? Ellos no quieren subirse a la atalaya desde donde se ve claramente el fracaso de ese instrumento normativo con el panorama hobessiano creado por el mismo: prefieren que la sociedad siga cargando pesado con ese fardo normativo que se refleja en clínicas, hospitales, obituarios, lápidas y quiebras de comerciantes y de negocios, en fin, prefieren que la sociedad siga en ese recorrido sacrificado.
Con la vigencia de dicha normativa la vida en la sociedad dominicana será siempre una arquitectura inestable que sólo reflejará constantes crisis aparejadas a élla por ser sistémicas, esto es, por ser reflejos, consecuencias claras del sistema introducido con dicha pieza legal.
Esa campañita contra tocar el Código Procesal Penal sale impulsada por una oficina de abogados, la que gestiona Radhamés Jiménez Peña, la más importante del país después que Leonel Fernández pasó a ser Presidente de la República, un fenómeno que nunca debió de ocurrir, pues el buen sentido debió de prevalecer en ese sector político y pensar que lo que se imponía era cerrar dicha oficina y ni siquiera simular cerrarla para que después alguien vinculado viniera a seguirla poniendo en funcionamiento como ocurrió con el caso de Marianito Germán Mejía y sus hijos.
La aplicación de una teoría en el ámbito social puede tener un impacto devastador en esa sociedad en que se ha producido esa aplicación.
Para los ideólogos genocidas éllos no son ideólogos genocidas, éllos creen que actúan en función de los mejores intereses de la sociedad.
Lo mismo ocurre con los papagayos que repiten mecánicamente lo que predican los ideólogos genocidas: creen que con su repetición mecánica, acrítica, éllos también actúan en función de los mejores intereses de la sociedad.
Los ideólogos genocidas son los que más «justificaciones« tienen para ofrecer, pues son teóricos. Y sus papagayos, por ser más que el puñado de ideólogos, hacen un coro inmenso de voces que multiplica las de aquéllos. Estos son tan genocidas como los primeros.
En la República Dominicana no hay ideólogos genocidas –la mayor parte de estos son argentinos–, lo que hay son simples papagayos de aquéllos, pero son papagayos tan genocidas como dichos ideólogos extranjeros.
Hay, pues, `Ideólogos Genocidas–Dioses Trágicos` (los teóricos extranjeros) y `Cepepeistas Genocidas–Benefactores Peligrosos` (los papagayos).
Una cosa es el interés económico, los bolsillos, de abogados en ejercicio: eso es espúrio; y otra cosa muy diferente es el interés social por el que deben de velar las autoridades de un país: este no es espúrio.
Si el Presidente Luis Abinader quiere consejos verdaderamente sanos sobre el Código Procesal Penal Tipo para Iberoamérica que aquí se colocó en vigor a finales de Septiembre del dos mil cuatro (2004) con el nombre de Código Procesal Penal de la República Dominicana le sugiero que los procure contactando a una filósofa argentina llamada Diana Cohen Agrest y al tinglado de personas que élla le sugiera. A partir de ahí confirmará que está actuando correctamente en esta materia del Código Procesal Penal.
Por Lic. Gregory Castellanos Ruano