Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
Como vimos en el anterior tema, una entidad de la Provincia de Santiago denominada «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)« convocó un cónclave titulado «Seguridad Ciudadana: hacia un Santiago Seguro«.
Entre el grupo de instituciones y personas de los convocantes al mismo estuvo la entidad «Fundación Vanesa Ramírez«.
Los convocantes confluyentes en dicho cónclave dijeron o dieron a conocer al público que estaban realizando dicha convocatoria porque tenían interés en «obtener soluciones reales« al grave problema de la delincuencia que azota a Santiago (la cual no es más que una expresión concreta de la delincuencia que azota a todo el país).
Un directivo de dicha «Fundación Vanesa Ramírez« dijo en dicho cónclave que desde dicha fundación no querían ver que más jóvenes siguieran cayendo a manos de la delincuencia.Se supone que ese objetivo es una de las soluciones reales que persigue la entidad «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)«.
Ahora bien, a la luz de todo cuanto todos dichos convocantes escucharon allí, un ejercicio de consciencia se impone: ¿creen dichos convocantes conformantes del «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)« que con todas las perspectivas equivocadas que escucharon ahí se van a poder lograr obtener las «soluciones reales« que ellos andan persiguiendo obtener?La participación en el mismo de la «Fundación Vanesa Ramírez« llama poderosamente la atención, pues los fundadores de la misma deberían de recordar todas las peripecias y las desconsideraciones que pasaron los dolientes de dicha víctima gracias a la inclinación pro-delincuente del Código Procesal Penal (CPP) y que de no ser por el amplio movimiento de opinión pública que se generó, el asesinato de dicha jovencita estudiante Vanesa Ramírez hubiese pasado a engrosar el amplio espectro de los casos impunes que se han generado desde que la normativa procesal penal del Código Procesal Penal (CPP) entró en vigor, que muy poco faltó para que dicho caso de Vanesa Ramírez formara parte de esa lista infame.
¿Creen ellos, los integrantes del «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)«, que todas esas peripecias y desconsideraciones que pasaron los dolientes de Vanesa Ramírez fueron algo aislado, que eso sólo ocurrió en el caso de Vanesa Ramírez?
Todas esas peripecias y desconsideraciones son inherentes al sistema procesal penal cepepeísta: todas esas peripecias y desconsideraciones las sufren muchísimos otros dolientes de muchísimas otras víctimas que, al igual que Vanesa Ramírez, inconsultamente y a destiempo fueron enviadas hacia el más allá; y ni hablar de las mismas peripecias y desconsideraciones que igualmente han sufrido y sufren muchísimas otras víctimas en cuyos casos la violencia delincuencial les ha dejado como huellas mínimas golpes, heridas y lisiaduras. Y todo esto sin mencionar el aspecto concreto de las pérdidas patrimoniales por los robos causantes de dichos golpes, heridas y lisiaduras.
¿Creen los integrantes del «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)« convocantes a ese cónclave que con las «recetas-soluciones« (¿?) aéreas y ridículas que se escucharon allí y que reprodujo la prensa nacional, se van a obtener soluciones reales?
Esos discursejosaéreos y ridículos son los mismos que venimos escuchando desde que hace trece (13) años atrás entró en vigor el Código Procesal Penal (CPP), son una repetición de `los pretextos justificativos de la infuncionalidad del Código Procesal Penal (CPP)` frente a la delincuencia, que empezaron a escucharse desde poco después de entrar en vigor dicho Código Procesal Penal (CPP); es decir, no son otra cosa más que parte de las mismas monsergas de gentes que padecen de un negacionismo a reconocer que fue un crimen haber copiado y puesto en vigor una normativa procesal penal que está descaradamente del lado del delincuente y no del lado de las víctimas y de la sociedad.
Ustedes, señores del «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)«, simplemente incurrieron en un error: ustedes convocaron a ese cónclave a gentes partidarias del `status quo procesal penal pro-delincuentes`.
Ustedes, señores del «Consejo para la Seguridad de Santiago (COSESA)«: ¿no hicieron un ejercicio de análisis mental preguntándose cuándo antes del Código Procesal Penal (CPP) entrar en vigor se convocó en Santiago a realizar actividad alguna tendente a obtener «soluciones reales« contra la delincuencia?Es súper obvio que la respuesta a esa pregunta mental es: que nunca antes del Código Procesal Penal (CPP) entrar en vigor se convocó en Santiago a realizar actividad alguna semejante a la convocada por ustedes. ¿Ustedes no se preguntaron porqué antes del Código Procesal Penal (CPP) entrar en vigor nunca se convocó en Santiago a realizar actividad alguna semejante a la convocada por ustedes?¿Ustedes no se preguntaron porqué la delincuencia desbordada que abate a Santiago y a todo el país no existía antes del Código Procesal Penal (CPP)?
Esos personajes e instituciones que ustedes invitaron a esa actividad `son parte del problema de la delincuencia que abate a Santiago y a todo el país`.Esas personas e instituciones que ustedes invitaron a esa actividad han contribuído a la ruina económica y al genocidio en que se ha traducido la vigencia de dicho Código Procesal Penal (CPP). Esas personas e instituciones con sus `discursejos baratos` pretenden legitimar a esa normativa procesal penal que genera esa ruina económica y ese genocidio.Esas personas e instituciones no tienen interés real alguno en que se solucione el problema de la delincuencia en Santiago y en todo el país.Esas personas e instituciones no tienen interés en que se obtengan las «soluciones reales« tras las cuales están ustedes.Esas personas quieren que sigan los robos, quieren que siga el genocidio que comenzó tras la entrada en vigor del Código Procesal Penal (CPP).
Ustedes lo que hicieron fue convocar a co-victimarios a pedirles que protejan a la sociedad y a las víctimas: ¡Qué retruécano!
Por último, me permito volver a citar parte de lo que publicó el periódico digital Diario Libre en fecha veintiséis (26) de Octubre del dos mil diecisiete (2017) bajo el título «En Santiago tratan situación inseguridad y criminalidad«: «El doctor Juan Ramírez, presidente de COSESA y de la Fundación Vanesa Ramírez, instó a las autoridades articular un plan para erradicar los altos niveles de delincuencia que arropa esta ciudad, donde diariamente ocurren decenas de robos y asaltos, los cuales llevan a las familias a vivir en estado de inseguridad. Ramírez se quejó por la falta de consecuencias penales para los que incurren en actos delictivos. …«
¿Cómo pueden haber «consecuencias penales para los que incurren en actos delictivos « con un Código Procesal Penal (CPP) que es de raíz Abolicionista Penal?
¿Cómo pueden haber «consecuencias penales para los que incurren en actos delictivos « con un CódigoProcesal Penal (CPP) cuya `prima ratio` es el Abolicionismo Penal?
¿Cómo pueden haber «consecuencias penales para los que incurren en actos delictivos « con un Código Procesal Penal (CPP) inspirado por una Doctrina que tiene `un discurso deslegitimador del Estado y del Derecho Penal`, es decir, cómo pueden haber «consecuencias penales para los que incurren en actos delictivos« con un Código Procesal Penal (CPP) inspirado por una Doctrina con un discurso que deslegitima al delito, que deslegitima a la pena, que deslegitima a la cárcel como condena de fondo y que en el aspecto procesal penal tiende igualmente a deslegitimar a la cárcel como prisión preventiva?