GREGORY CASTELLANOS RUA14

Por Lic. Gregory Castellanos Ruano

«A veces yo soy Dios: si digo que un hombre muere, muere ese mismo día.« Pablo Escobar Gaviria

La noticia del acontecimiento de un crimen sobrecoge y espanta a aquél ciudadano que es receptáculo de dicha noticia de la ocurrencia del hecho criminoso en cuestión; también la sociedad toda se sobrecoge y se espanta con la noticia de dicho crimen. Esa noticia de la comisión del crimen activa o dispara las alarmas del ciudadano y de la sociedad toda.

Bajo la normativa procesal del anterior Código de Procedimiento Criminal (CPC) dichos sobrecogimiento y espanto se circunscribían a sólo el momento de tenerse dicha noticia criminis. A partir de entrar en vigor el Código Procesal Penal (CPP) eso varió: desde entonces no sólo la noticia criminis sobrecoge y espanta, sino que luego o después de dicha noticia criminis también se espantan el ciudadano y la sociedad con otra noticia: con la noticia procesal del trato que le dá la Justicia Penal al criminal poniendo en libertad al criminal: es, pues, un doble espanto el que en forma sucesiva sufren dicho ciudadano y la sociedad: el que causa el delincuente con su acto; y el que causa la ley procesal penal vigente, es decir, el Código Procesal Penal (CPP) con su trato al delincuente, al cual considera como «una víctima de la sociedad«. El fanatismo dogmático ideológico-jurídico cepepeísta distorsiona tan bárbaramente la visualización en favor del delincuente que el trato procesal penal que se le dá a éste es ese: el de «una víctima de la sociedad«.

Es decir, del espanto causado por un acto penal se pasa al espanto de ver cómo la Justicia Penal (que funciona sobre la base de los líneamientos de dicho Código Procesal Penal (CPP)) libera de inmediato, y si no de inmediato al menos casi de inmediato, al autor o a los autores de dicho acto penal. Así, tanto las víctimas directas del crimen como cada ciudadano no víctima y  la sociedad en general viven de espanto en espanto al ver la ocurrencia de esta doble situación.

¿Y qué decir de cada espanto al saber de cada uno de los crímenes posteriores de los numerosísimos criminales en serie de todas índoles que se han conocido bajo el Código Procesal Penal (CPP) debido a la infuncionalidad de este? ¿Qué decir de cada espanto que genera el enterarse la sociedad de que aún dichos criminales en serie se benefician de lo que el CPP denomina `El Estatuto de libertad`?

Se trata de una situación que viene inevitablemente de la mano del movimiento ultra-extremista del cepepeísmo, tan habituado a pasar las líneas fronterizas de la razonabilidad y de tener el tupé de pretender hablar nada más y nada menos que supuestamente en nombre «de la razonabilidad« (¿?). Dicha situación es asqueante.

En el libro de adoctrinamiento titulado «Derecho Procesal Penal«, usado en la madraza llamada Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ) como también en las otras madrazas que se han instituído para dicho adoctrinamiento para poder crear los robots o autámatas que salen de ellas, hay una serie de alusiones despectivas a la «noticia criminis« y se implora, en dichas alusiones, a los inscriptos en dichas madrazas a no prestarle atención a dicha«noticia criminis«. Es una forma de pretender anular y/o apagar la sensibilidad humana para que el desatino siga, incólume, su paso. Se trata de una suerte de anestesia psicológica de control mental para lograr la castración mental. Se busca separarlos de la realidad a través de una cuña tan burda como lo es esa.

Es lógico que un milagro cause admiración, pero el acto o hecho que comete el criminal no es un milagro, por ello lo que genera el crimen no puede causar admiración: lo que causa es espanto, terror. El acto o hecho que realiza el criminal no es algo angelical ni el criminal es un ángel. Los autores del cepepeísmo y sus epígonos creen infundadamente que todo cuanto produce su «adorada« criatura o «libro sagrado« (¿?), el Código Procesal Penal (CPP), son «milagros« (¿?). Pero ocurre que los «milagros« (¿?) cepepeístas no producen admiración en la población: producen Terror: que es el grado máximo de expresión del miedo; se trata de un procesalismo penal aterrorizante.

La absurda pretensión del cepepeísmo de que se acepte sin espanto la noticia criminis es una aspiración a la materialización de una ficción más de las tantas ficciones que pueblan dicho cepepeísmo: éllos «creen« absurdamente que la supresión del miedo que genera el crimen conduce a un «mejor funcionamiento« (¿?) de la Justicia Penal.

Por más que los «teóricos« y los «evangelistas« del cepepeísmo se empecinen éllos no pueden eliminar la alarma individual y social que causa un crimen: eso es misión imposible.  Ello se debe a que cada quien se ve reflejado en el espejo de ese crimen, analizan que ese crimen del que fue víctima otra persona puede ser cometido también en su perjuicio. Es el instinto de supervivencia el que automáticamente es activado en las profundidades de la psiquis individual y de la psiquis colectiva.

Dichos «teóricos« y «evangelistas« del cepepeísmo tratan despectivamente hasta las noticias de los periódicos impresos, visuales, sonoros, digitales, etcétera, sobre la ola criminal y delictiva existente desde que el CPP entró en vigor; tratan de reducirlas, de disminuirlas: y si pudieran evitarían que las mismas salgan publicadas en todos los diferentes medios de comunicación para así tratar de ocultar la incontenible diarrea delincuencial desatada a consecuencia del uso del CPP por la Justicia Penal… Como si las noticias periodísticas de los crímenes y delitos fueran ficción y no una crónica de hechos reales porque acontecen en la realidad de la vida.

Ellos quieren que el cuerpo social y que cada víctima  y que cada tercero no víctima no generen adrenalina bajo situaciones de alerta o emergencia: sólo cuando a un individuo le extirpan las glándulas suprarrenales ése individuo deja de generar adrenalina: pasa a ser un idiota que no reacciona frente a lo que ocurra frente a él. Un ser colectivo así, idiota, idiotizado, es lo que éllos quieren crear con eso de pedir que no se le preste atención a la noticia criminis.

¿Qué es lo que quieren?:  ¿Frialdad glacial frente al fenómeno criminal?Sí: eso es lo que quieren: indiferencia glacial frente al fenómeno criminal.Semejante pretensión no puede ser más delirante.Así, no sólo quieren un juez convidado de piedra, sino también una sociedad que no reaccione ante lo que ve (es decir, una sociedad idiota), y víctimas y terceros que igualmente no reaccionen frente a lo que sufren (es decir, víctimas idiotas y terceros idiotas).

Dichos «teóricos« y dichos «evangelistas« del cepepeísmo creen que «salvarán la libertad« (¿?) y lo que hacen es sacrificar la libertad de todo el conglomerado social en aras de que el criminal o el delincuente esté en libertad. Es paradójico, pero es la realidad: un criminal o delincuente en libertad lo que hace es abusar de su libertad para cometer sus crímenes y delitos contra las víctimas.

En el anterior modelo procesal penal se oyeron críticas concentradas alrededor de la posibilidad de la pérdida de la libertad por una orden policial archi-realzada por el aparato de propaganda cepepeísta bajo la denominación de `el !tránquenlo!`.  `El !tránquenlo!` de antes era malo cuando era abusivo, pero igualmente es malo, y hasta peor, `el !déjenlo!` y/o `el !suéltenlo!` sistémico-estructural existente a partir de la vigencia del Código Procesal Penal (CPP). Dicho sacrificio de la libertad de todos es moralmente inaceptable: no se debe sacrificar a toda la sociedad con la promesa de un paraíso falso, pues los criminales sueltos en la sociedad no son seres celestiales que andan inocuamente en la sociedad.

El exceso de garantismo del cepepeísmo ha disparado el índice de maldad y este, a su vez, ha disparado el índice de crímenes y delitos colocando a la sociedad en un “Vivere Pelicorosamente”, lo cual  no es más que la materialización de `la razón de la sin razón` de ese «Estatuto de libertad« Pro Reo cepepeísta. Las ideas políticas y filosóficas alrededor de las cuales gira esa materialización rayan en un romanticismo peligroso, negar la obviedad de lo cual es colocarse de espalda a la realidad.

Aunque dichos «teóricos« y «evangelistas« del cepepeísmo pretenden encriptarse dentro de círculos concéntricos de «elevados ideales« no son para nada invisibles los círculos de insania y los grifos de sangre cuyo derramamiento se hace imperativo parar ya, pues  el éxtasis de la matanza que disfrutan y gozan los criminales no hace sino seguir conduciendo a la sociedad por la ruta del exterminio y del terror enseñando quiénes son los delincuentes por enseñar éstos, a su vez, qué son éllos capaces de hacer. El cepepeísmo es de un sesgo inaceptable.

Si bien el asombro ha sido origen de la Filosofía y de las ciencias, dicho asombro en la situación de la especie aquí tratada debería conducir a obtener soluciones para conjurar los efectos negativos y desactivar ese huracán creciente que es la vigencia de semejante normativa procesal penal, pues si ello se sigue dejando al tiempo los contornos de la catástrofe seguirán haciéndose mayores. Las conductas criminales y delictivas que el Código Procesal Penal nos ha permitido ver son de altísimo contenido simbólico y la idiosincrasia Pro Reo de dicha normativa procesal penal sólo conduce a la consolidación de las mismas y de su reiteración haciendo caer a la sociedad en la trampa de la impunidad frente al crimen y al delito. El Código Procesal Penal es un claro factor incentivador del crimen y del delito y, por ello, una clara limitante que conduce a la impotencia de la sociedad organizada para reaccionar apropiadamente ante dichas conductas criminales y delictivas, lo cual conduce a que la acción violenta permanezca en su más amplio vigor, fortaleciéndose, y con todas sus consecuencias desastrosas.

Su vigencia es el símbolo más obvio de la apertura de las compuertas para que dichos crímenes y delitos se vuelvan a repetir.

 

El CPP prácticamente hace dioses a los criminales, de ahí que cualquiera de éllos puede emular con gran facilidad al famoso capo colombiano Pablo Escobar Gaviria y repetir con éste la expresión: «A veces yo soy Dios: si digo que un hombre muere, muere ese mismo día.«

No es «la percepción« la que en la República Dominicana (y en los demás países de Iberoamérica) sale a robar y a matar; quienes salen a robar y a matar son seres de carne y hueso estimulados por la impunidad de los delincuentes a que conduce el Código Procesal Penal (CPP). El peligro social y la alarma social son criterios correctos, son los que empujan al cuerpo social, vía sus autoridades competentes, a actuar; si no los son: ¿cuáles son los correctos?: ¿La frialdad glacial ante la hilera espantosa de actos criminales que puede cometer incluso un mismo sujeto por el funcionamiento inadecuado del procedimiento cepepeísta? ¿Eso es lo correcto? ¿Y porqué «eso es lo correcto«? ¿Por el Principio de Presunción de Inocencia? ¿Qué es para la sociedad el que comete un acto penal grave? ¿Qué es para la sociedad el que repite un acto penal grave? ¿Un «inocuo social«? ¿Se puede creer eso? ¿Hay algún calificativo diferente a `peligro social` que se le pueda aplicar al que comete un acto penal grave o al que repite un acto penal grave? ¿Asimila el cerebro suprimir la realidad de que se trata de un peligro social? ¿Cuál es la realidad?: ¿Es un peligro social o es un inocuo social?

Suprimir en la mente la realidad (técnica muy del gusto del cepepeísmo) no es el equivalente de suprimir la realidad.

¿Qué efecto psicológico causa en la sociedad una persona que comete un acto penal grave? ¿Es razonable que se suprima de la mente la realidad de ese efecto psicológico? A la realidad se le puede querer camuflar, pero de ahí a lograrlo totalmente hay mucho trecho. El ser humano es un ser de reacciones: quien es víctima sufre; y el que ve a la víctima sufrir queda impactada por ese sufrimiento, a menos que se tenga sentimientos no sociables. Es imposible pedirle a un ser humano  no tener una reacción frente al acto que le impacta psicológicamente. Lo mismo cabe decir del conjunto social.

Frialdad glacial frente al fenómeno criminal es lo que quisieran todos los criminales para que no se activen, para que no se disparen las alarmas individual y social. El cepepeísmo, con la referida prédica, pretende desactivar la alarma criminal para que todos los actos criminales y delictivos (actos como los actos criminales de sodomía con menores masculinos cometidos  por Michel Foucault (el autor de «Vigilar y castigar«), y otros), se puedan negociar, lo cual le impedía la legislación francesa a dicho autor de dicho libro de cabecera del cepepeísmo cuando el mismo estaba vivo en Francia (todavía en esta sigue vigente dicho impedimento, pues Foucault incidió en los países iberoamericanos, más no así en Francia).