Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
«Dos tercios de él son dios, un tercio de él es humano.« (El poema de Gilgamesh)
Por eso éste Mighty , éste Todopoderoso, que captó y apreció que `el Estado lo aplasta todo`, y que es «El Estratega« Presidente, debe prevalecer, por eso debe imponerse la reinstauración de la reelección presidencial consecutiva. Internándose por los caminos de la ficción vía encuestas falsas compradas de un obscuro pseudo-líder lo han querido elevar a la categoría de líder. Su reino es de este mundo, «tiene los pies sobre la tierra«, y por eso compra todo: desde encuestas falsas, pasando por comentaristas, periodistas, legisladores, etcétera: pareciera que nada hay que con el Estado él no pueda aplastar para conseguir lo que él quiere. La tromba marina parece indetenible.
La decisión de los veintitrés (23) miembros del Comité Político (que hace recordar aquella expresión de Le chanson du Roland: «Y vinieron los sarracenos y los molieron a palos, que Dios ayuda a los malos cuando son más que los buenos«), los hizo tan golpistas como “El Estratega“ Presidente, al precio de hacerlos co-protagonistas de una crónica truculenta de las veleidades, de la degradación y de la traición humanas. ¿Terminarán o no dándose golpes de «mea culpa«? Es posible: cuando la batidora creada por éllos los atrape y los bata a éllos también o a cercanos a éllos. El tiempo, como en todo, dirá la última palabra. Lo que sí ya es una realidad inmediata es que «El Estratega« Presidente los exhibe en una `Góndola de Capitulados Morales`.
Lo que «El Estratega« Presidente y dicho grupo cometieron trasciende a Leonel Fernández Reyna y a una mera una lucha interna por la supremacía en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Se trata de un fenómeno extrañísimo en tanto cuanto emana de personas que uno consideró pensantes e igualmente en tanto cuanto surge dentro del seno de una facción del partido gobernante dominadora de dicho más alto órgano de dirección política de dicho partido: no se acudió a buscar un sano consenso ni interno ni externo. ¿Porqué se prefirió este método autoritario? Porque es el reflejo de un proyecto político de largo plazo de «El Estratega« Presidente que busca quedarse con el control del Estado, que realmente deja en calidad de eufemismo, de puro pretexto momentáneo, transitorio, el párrafo que dice querer agregar a la Constitución de un supuesto «nunca jamás«. ¿Quién en su sano juicio puede creer que tal cosa es verdad después de ver la retahíla de declaraciones de «El Estratega« Presidente contra la reelección y de hasta haber jurado ante la tumba de su líder Juan Bosch que no buscaría reelegirse?
Estamos en presencia de un proyecto de reelección motorizado y envuelto en el pétreo celofán pretextario del «en nombre de la autoridad« de un órgano de un partido político que convierte a «El Estratega« Presidente en una arrolladora maquinaria que ahora lo quiere todo y que podríamos ver en el futuro seguir queriéndolo todo: así como se desdijo ahora, ¿quién garantiza que no se va a desdecir nuevamente?
En vez de estar cuidadosamente zurcido: ¡Qué débiles son las costuras internas del proyecto reeleccionista del danilismo! En vez de insuflarle aires majestuosos a su carrera política la tira por el despeñadero directamente hacia el zafacón de la Historia. Todo es tosquedad, ninguna filigrana hay endicho proyecto político de largo plazo.
No es de ahora que «El Estratega« Presidente comenzó su penetración en la esfera de la ilegitimidad. Ahora lo que ha hecho es mayor su tránsito hacia la ilegitimidad con su proyecto de revisión y reforma a la Constitución para ostentar nuevamente la Primera Magistratura del Estado sin despejar los severos actuales cuestionamientos en su contra. Aparte de la truculencia que ya se ha visto con considerar que la ley de convocatoria es una simple ley ordinaria para tratar desde el principio de evadir el filtro de la cuota mínima de las dos terceras partes, pretende seguir avanzando en su proyecto de revisión y reforma a la Constitución con el objetivo, si se le dá, de que la irregular reforma que de ahí pudiese salir aprobada no sea sometida al filtro del referendo aprobatorio.
Sin embargo las disposiciones de la Constitución son muy claras:
«Artículo 272.- Referendo aprobatorio. Cuando la reforma verse sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituídos en esta Constitución, requerirá de la ratificación de la mayoría delos ciudadanos y ciudadanas con derecho electoral, en referendo aprobatorio convocado al efecto por la Junta Central Electoral, una vez votada y aprobada por la Asamblea Nacional Revisora.
Párrafo I.- La Junta Central Electoral someterá a referendo las reformas dentro de los sesenta días siguientes a su recepción formal.
Párrafo II.- La aprobación de las reformas a la Constitución por vía de referendo requiere de más de la mitad de los votos de los sufragantes y que el número de éstos exceda del treinta por ciento (30%) del total de ciudadanos y ciudadanas que integren el Registro Electoral, sumados los votantes que se expresen por «SI« o por «NO«.
Párrafo III.- Si el resultado del referendo fuere afirmativo, la reforma será proclamada y publicada íntegramente con los textos reformados por la Asamblea Nacional Revisora.«
El derecho a elegir y a ser elegido es mencionado como conformante del régimen de ciudadanía en el Artículo 22 de la Constitución, el cual reza:
«Artículo 22.- Derechos de ciudadanía. Son derechos de ciudadanas y ciudadanos:
1) Elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constitución.
2) …«
¿Versa el proyecto de reforma sobre el régimen de ciudadanía? La respuesta nos la da el Artículo 2 de dicho proyecto de reforma, el cual reza así: «la presente reforma tiene por objeto: a) permitir que el presidente de la República disponga del derecho de poder optar por un segundo y único periodo constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.«
De donde se desprende claramente que el proyecto de reforma que se persigue materializar versa sobre uno de los derechos de ciudadanía y, por ende, versa sobre el régimen de ciudadanía.
¿Qué disponga de qué?: «del derecho de optar por…«; «del derecho«…
El «derecho de optar por« una elección consecutiva (= una reelección) del `ciudadano` que es «El Estratega« Presidente se refiere al «derecho de ser elegido« «El Estratega« Presidente nuevamente a dicho cargo. Es decir, que «El Estratega« Presidente quiere que su derecho como `ciudadano` a ser elegido sea modificado para poder ser reelegido y, consiguientemente, que también el derecho de los electores a elegir sea correlativamente modificado para que los ciudadanos decidan si lo reeligen o no.
¿Versa el proyecto de reforma sobre algún derecho fundamental? Quienes participaron como electores en la contienda electoral de la que resultó electo «El Estratega« Presidente en el dos mil doce (2012) tenían constitucionalmente restringido su derecho de elección a elegirlo sólo por cuatro (4) años sin posibilidad de reelección consecutiva, y dicho entonces elegido, «El Estratega« Presidente, tenía igualmente – de manera constitucional- restringido su derecho a ser elegido sólo por cuatro (4) años sin posibilidad de ser reelecto en forma consecutiva: y de lo que se trata ahora es de modificar ese derecho de elegir y ser elegido en la forma y en la condición que se produjo dicha elección, la cual es la forma y la condición establecida al presente momento en la Constitución.
¿Es, en el régimen democrático dominicano, el derecho a elegir y a ser elegido un `derecho fundamental`? En la República Dominicana a estas alturas del juego no existe un régimen constitucional totalitario ni tampoco autoritario: lo que existe es un régimen constitucional democrático en el que uno de los derechos fundamentales de cada ciudadano lo es el de elegir y ser elegido para poder darle sustancia a dicho actual régimen político.
En fecha veintisiete (27) de Septiembre del año dos mil trece (2013) el Tribunal Constitucional de la República Dominicana dictó su Sentencia No. 175-13 para decidir sobre una acción directa de inconstitucionalidad ejercida por el señor Juan Bautista Cepeda Ventura respecto de varios artículos de la Ley Electoral No. 275-97, diciendo `El Más Alto Guardián de la Constitución` lo siguiente: «En este sentido, este tribunal ha definido el derecho fundamental al sufragio pasivo en los siguientes términos: El derecho al sufragio pasivo o derecho de ser elegido es la prerrogativa que corresponde a todo ciudadano que cumpla con determinado requisito de elegibilidad, para postularse mediante candidatura a un cargo público electivo en condiciones de igualdad.«
Obsérvese que el Tribunal Constitucional dominicano habla de « el derecho fundamental« a ser elegido; de donde se desprende, por interpretación correlativa, que igualmente el derecho de elegir de los ciudadanos también es un «derecho fundamental«.
«El miedo y la ambición son los motores de la rueda del mundo«, decía Maximiliano de Habsburgo. La ambición puede hacer llegar al ambicioso a la temeridad y hasta a la locura. Por eso «El Estratega« Presidente se asemeja tanto en su aventura al internamiento de Don Alonso Quijano en Sierra Morena tratado enel Capítulo XIV de El Ingenioso Hidalgo de La Mancha. Pero lo que el país verá con ese internamiento de «El Estratega« Presidente no dará risas, al contrario será causa de sangre y lágrimas.
«El Estratega« Presidente llegó al abismo. Al abismo, ¡tan hondo y tan negro! Y ya que «El Estratega« Presidente llegó hasta ahí es pertinente recordarle que: «El problema de mirar hacia el abismo es que el abismo también mira al que lo mira.« (Nietzche)
Las recensiones de material histórico lo que permiten ver en todo esto es a la sombra de Lilís, el cómo la sombra siniestra de Lilís se desplaza tras la figura de «El Estratega« Presidente, el cómo la metamorfosis hacia la real faz de «El Estratega« Presidente está en curso. Aunque el que esto suscribe es consciente, a la luz de los acontecimientos y de hechos anteriores a los mismos, que «El Estratega« Presidente tiene «los juegos pesados« por su personalidad autoritaria.
«El Estratega« Presidente y sus adlátares persiguen adquirir todavía más poder para construir un imperio del mal que los haga invencibles (son fieles adoradores de la máxima -ya la soborearon y la están saboreando a su favor- de que `El Poder aplasta`; dichos adlátares lo serán de él hasta que, reitero, se vean enredados, éllos mismos o cercanos a éllos, en las vueltas de la batidora que éllos mismos están contribuyendo a crear); lo mismo ocurrió ya antes, cerca de los finales de la década de los años ochentas del antepasado Siglo XIX con ése personaje inicialmente obscuro que llegó a ser dueño de los destinos nacionales a sangre y hierro y cuya sombra es lo que proyecta la figura de «El Estratega« Presidente Lic. Danilo Medina Sánchez. …Hacia allá es que conduce su estrategia…