SANTO DOMINGO. El presidente Danilo Medina estableció este viernes a través del decreto 6-18 una veda de cuatro meses para la captura en todo el territorio nacional de diez especies de cangrejos y para todo el año, de los cangrejos juveniles, con la finalidad de evitar su extinción.
Durante la veda que abarca el período desde el primero de marzo hasta el 30 de junio de cada año, no se podrá capturar los cangrejos Paloma de Cueva, Zumba o Pelú, Moro, Rojo, Jaiba Sirica, Cardisoma Guanhumi, Ucides Cordatus, Gecarcinus Ruricola, Gecarcinus Lateralis y Callinectes Sapidus.
Se prohíbe la comercialización, exportación y tenencia de carne o masa de cangrejos de estas especies durante el período de veda a contar desde el día en que entre en vigencia este decreto.
Quedó prohibida además la captura de cangrejos juveniles en cualquier época del año.
“Se prohíbe la captura mediante varillas, ganchos o cualquier otro utensilio contundente o arte de pesca que no permita reconocer el sexo del animal en cualquier época del año”, precisa el decreto.