Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
«…la diferencia entre la verdad y la mentira parecía traerle sin cuidado.« (Blair, Eric: 1984; refiriéndose a Julia, la novia de Winston Smith, página No. 166)
Un juez perverso no es juez.
El Artículo 183 del Código Penal prevé la modalidad de prevaricación que es el decidir por odio:
«Art. 183.- El juez o árbitro que, por amistad u odio, provea, en pro o en contra, los negocios que se someten a su decisión, será reo de prevaricación, y, como a tal se le impondrá la pena de la degradación cívica.«
Y el Artículo 33 del Código Penal aclara:
«Art. 33.- Siempre que la degradación cívica se pronuncie como pena principal, podrá acompañarse con la de encarcelamiento, cuya duración fijada por la sentencia de condenación, no podrá exceder de cinco años. Si el culpable fuere un extranjero, o un dominicano que hubiere perdido su nacionalidad, la pena del encarcelamiento debe pronunciarse siempre.«
La hipótesis que parece preverse aquí es la del juez que directamente decide el caso.
Pero, ¿qué decir de aquél juez que trafica su influencia con otro juez u otros jueces para que ese otro o esos otros jueces se conviertan en receptáculo del odio de ese juez que movido por su odio se acerca a pedirle(s) que falle(n) un equis caso por el problema personal existente entre dicho juez que transmite su odio y aquél que es víctima de su odio?
Lo que sí es claro es que tanto dicho juez que transmite su odio como aquél o aquéllos que se convierten en receptáculo del odio del primero podrán tener el título o función de juez, pero realmente no son jueces.
Podrán ser cualquier cosa -y cualquier cosa negativa y reprobable-, excepto jueces.
De ser jueces es de lo que más alejados están.
Tanto el que juez que actúa movido por su odio como aquél o aquéllos jueces que se convierten en receptáculo del odio del primero y, en consecuencia, actúan como instrumento de ese traficante de influencias estimulado por su odio son tan granujas el primero como como el segundo o los segundos.
No existe algo más tiránico que un juez que abusa de su poder, sea administrando «justicia«, sea usando sus relaciones, para causar daño.
El juez que actúa movido por su odio es un ser lleno de maldad y un ser lleno de maldad debe estar distante de ser juez porque un juez es lo que más distante debe de estar de actuar motivado por la maldad.
Ese tipo de juez ha sido una lacra, en el sentido literal y estricto del término, a lo largo de toda la Historia de la Humanidad.
Pero que ese tipo de sabandija o granuja haya existido, no significa que eso justifique ni el accionar prevaricador de semejante sabandija o granuja actual ni el accionar prevaricador de aquéllos de sus compañeros que se prestan a materializar y a hacer patente el ejercicio de odio de dicha sabandija o granuja.
Que tanto dicha sabandija o granuja actúe en las sombras y que igualmente quienes incurran en prevaricación para complacer a dicha sabandija o granuja no significa que éstos últimos no son tan sabandijas o granujas como el primero.
¿Tienen consciencia esos supuestos jueces que se prestan de instrumentos al servicio de ése juez sabandija o granuja? Es manifiesto que no y precisamente por carecer de consciencia es que se prestan a eso, pues si tuvieran consciencia le dicen a su instigador que ellos no se prestan a esa vagabundería.